Prácticas no laborales

Gestionamos las prácticas profesionales no laborales conjuntamente con los agentes sociales ( CREA, CEPYME, CCOO y UGT) y las empresas de nuestra zona de influencia. A través de convenios de colaboración se establece contacto directo entre los alumnos y el mercado laboral y se favorece la adquisición de experiencias enriquecedoras para su futura inserción profesional.

¿Qué tipo de prácticas profesionales no laborales existen? 

  • Prácticas no laborales en empresas dirigidas a alumnos desempleados inscritos como demandantes de empleo que hayan superado con evaluación positiva
  • Prácticas en empresas dirigidas a alumnos que hayan participado en cursos para la obtención de un Certificado de Profesionalidad con las horas de formación práctica pendiente de aprobar

¿Cuáles son las características generales del Programa? 

  • El alumno contará con un instructor/tutor en la empresa y un gestor/tutor en la entidad gestora que efectuará el seguimiento de la realización práctica.
  • La duración y el programa estarán determinados por el gestor/tutor de la entidad gestora y el instructor/tutor de la empresa. No podrá ser inferior a 50 horas, ni superior a 250 horas, salvo excepciones y siempre que existan razones debidamente justificadas.
  • Las prácticas se realizarán al terminar la acción formativa, siempre que se haya superado con evaluación positiva y no hayan transcurrido más de 12 meses. En el caso de la realización del módulo de formación práctica de Certificados de Profesionalidad, su plazo de inicio no será superior a cuatro meses desde la finalización del último módulo formativo. Para la ampliación de este plazo o para la realización simultánea con la formación, se deberá solicitar autorización al INAEM por la entidad gestora de las mismas.
  • La relación entre empresa y alumno se formaliza mediante la firma de un convenio, que se acompañará de un programa de prácticas. Una vez finalizadas y tras la realización del informe final con evaluación positiva, el alumno recibirá un diploma acreditativo de dichas prácticas.
  • La realización de las prácticas no suponen relación laboral entre la empresa y el alumno. Por lo tanto, no existe vinculación económico-laboral y no requieren remuneración económica.
  • Los alumnos pertenecientes al programa de prácticas no laborales en empresas tendrán cubierto el riesgo de accidente por un seguro suscrito por las entidades gestoras de las prácticas.